30/6/2026 - La muerte documentada de al menos 540 salvadoreños en centros penales durante el régimen de excepción, donde un 94% de las víctimas no poseía vínculos criminales ni fue vencido en juicio, constituye una transgresión directa a las obligaciones soberanas asumidas ante la comunidad internacional.
Esta alarmante crisis humanitaria y penitenciaria vulnera de forma concurrente el derecho convencional y el derecho internacional penal:
1. Violación Sistemática del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP)Como Estado parte, El Salvador está obligado a garantizar derechos fundamentales inderogables, incluso bajo estados de emergencia:Artículo 6.1 (Derecho Irrestricto a la Vida): El Estado falló en su deber de garantía y tutela activa sobre la vida de los internos bajo su custodia. Artículo 9 y 14 (Juicio Justo y Debido Proceso): La privación sistemática de la libertad mediante detenciones arbitrarias y la imposición de juicios masivos sin individualización vulneran de forma flagrante el principio de presunción de inocencia. Artículo 10.1 (Dignidad en la Privación de Libertad): Toda persona privada de libertad debe ser tratada humanamente. Las muertes asociadas a torturas, golpizas y denegación de asistencia médica reportadas por organizaciones civiles configuran tratos crueles, inhumanos y degradantes.
2. Configuración de Crímenes bajo el Estatuto de RomaLa escala y la naturaleza de estos decesos bajo la tutela estatal transcienden el ámbito del derecho penal interno:Artículo 7 (Crímenes de Lesa Humanidad): El Estatuto de Roma tipifica como crimen de lesa humanidad los actos de asesinato, encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales, y la tortura. La Relación Legal: Para que estos hechos encajen en la jurisdicción de la Corte Penal Internacional (CPI), el Estatuto exige que se cometan como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque.
La persistencia de detenciones arbitrarias masivas de inocentes y el patrón de muertes no aisladas apuntan a una política institucionalizada que cumple con este umbral de sistematicidad.
La seguridad pública jamás puede ser el pretexto para el desmantelamiento del Estado de Derecho.
Exigimos el cese inmediato del ocultamiento de información en los juicios masivos, auditorías independientes a los centros penales y el procesamiento judicial de la cadena de mando responsable de estas muertes en total impunidad.
Texto tomado de: Socorro Jurídico Humanitario
